Las nociones de Derecho y Justicia han sido vistas, por algunos autores, como si fuesen antagónicas, debido a la práctica extendida del formalismo legal y las torceduras que se hacen de las leyes, así como la adopción de leyes injustas, erróneas y en demasía. En la nueva concepción constitucional venezolana se trata de una visión unitaria de ambos conceptos, tal como se había entendido desde tiempos de los griegos y el derecho romano.
El derecho (directum) es lo recto, lo contrario a lo torcido. Seguir el derecho es el medio de conseguir la justicia. El principio de legalidad penal (nullum crimen, nulla poena, nulla mensura, sine lege necessaria, scripta, estricta, publica certa et praevia) es la base del restablecimiento de la justicia mediante la aplicación de la sanción correspondiente, que debe ser una pena justa establecida en una ley previa, cierta, escrita, estricta y pública. El medio para lograrlo es el debido proceso, garantía de un juicio justo. El efecto es que no se molestará a los inocentes erróneamente y que los culpables serán condenados de forma justa. Eso lo reconocerán las víctimas.
La noción del Estado de Derecho implica la plena separación de los poderes públicos, mediante lo cual se logran buenas leyes establecidas por un Poder Legislativo autónomo, la administración de justicia ejercida por jueces imparciales e independientes y la ejecución de las leyes efectuada por un Poder Ejecutivo eficiente, transparente y moderno, al que toca ejercer la potestad de policía. Asimismo, el Estado de Derecho se fortalece en la medida que exista un Ministerio Público autónomo y objetivo que investigue eficazmente los delitos y, de la misma manera, una supervisión permanente del funcionamiento del Estado y de la garantía de los derechos humanos en manos de lo que se ha llamado el Ombudsman.
El Estado de Justicia se caracteriza, entre otros factores, por leyes penales justas, necesarias, bien escritas, eficaces, con penas proporcionadas al hecho ilícito tipificado y que sean acatadas por la sociedad en su conjunto. Eso quiere decir que no sean draconianas, innecesarias, difíciles de entender o confusas, meramente simbólicas o de imposible cumplimiento.
En fin, la clásica concepción de la recta justicia alcanza su mejor expresión con la noción constitucional del Estado de Derecho y de Justicia.
Fernando M. Fernández