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Abogados Latinoamérica, Noticias legales Editado por Raymond Orta Martinez

LA “EMERGENCIA” DEL DERECHO PENAL / Gerardo J. Briceño P.

diciembre 1, 2004

LA “EMERGENCIA” DEL DERECHO PENAL
-O el turno de la demagogia punitiva en Venezuela-

El afán de respuesta inmediata que deriva de un estado inusual (o de emergencia), hace que el legislador patrio incurra en un comportamiento socialmente reprochable, debido en gran parte a la proliferación de simples respuestas punitivas ante la demanda social de seguridad y paz. Aunado al hecho ineludible de la inspiración de la mayoría de sus normas en intereses sectarios (verb. Propuesta de reforma parcial del Código penal –MVR-), encontramos conductas punibles plenas de ambigüedades, las cuales no generan sino mayor desconcierto en el conglomerado social, potenciando la ya existente anarquía jurídica y la percepción social de la violencia (proveniente del estrato político). Para los gobernantes resulta difícil aceptar la realidad, pero esta ingente avalancha de penalización (regulaciones fugaces contra el terrorismo, p.ej.) no es más que la fehaciente manifestación del fracaso de sus políticas sociales.


El criminólogo y jurista alemán Hans-Jörg Albrecht, en entrevista concedida recientemente a un periódico latinoamericano, señalaba su visión sobre el impacto jurídico del 11 de septiembre de 2001, y cómo se reforzó a partir de allí la idea del derecho penal del enemigo. Como una mezcla entre paranoia y construcción política, indica el entrevistado que: “…Para los gobiernos modernos la construcción política es la más importante, ya que de esta manera, los políticos logran producir un sentimiento de seguridad”. (Diario Página Doce –Argentina- 11 de noviembre de 2004). La ansiada seguridad que a los venezolanos nos está dejando una infinita inseguridad, ya no sólo jurídica, sino además personal, con un grosero irrespeto a la vida, entre otros derechos fundamentales, que algunos han llegado a considerar disponibles.

Y es que el Estado parte de la premisa que ante el incremento de la violencia social (delictiva) resulta necesario incrementar la violencia estatal. De ser eso cierto, la proliferación de normas jurídicas debería ser proporcional a la eficacia del ordenamiento que viene a integrar, permitiendo ello no el mero reflejo en el papel, sino el real sentimiento de seguridad. Más que seguir utilizándolo como un elemento de protagonismo político, el Estado venezolano debe dejar a un lado la relación antagónica entre violencia estatal y violencia social, que ha engendrado el nacimiento de una sociedad punitiva en el entorno de un desorden social, el cual, entre sus variables creadoras, halla una grosera inequidad en la Administración de la Justicia. Es el sentimiento de exclusión del amparo de la Justicia, el que ha sido hasta ahora el mejor aliado de la inseguridad. Como “el principal enemigo del sistema democrático” ha llamado el Presidente de nuestro Supremo Tribunal a la tan citada “impunidad”. El problema es que en su contra, los avances aún no se avizoran.

Abg. Gerardo J. Briceño P., LL.M.
Investigador invitado – Instituto Max-Planck para el estudio del derecho penal internacional y extranjero
Friburgo de Brisgovia, Alemania
g.briceno@iuscrim.mpg.de