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Abogados Latinoamérica, Noticias legales Editado por Raymond Orta Martinez

El cronista municipal

mayo 24, 2011

Tampoco si se le da personalidad jurídica o autonomía administrativa.

Ahora bien, no deja de ser – desde una perspectiva legal – conveniente que sean regulados todos los elementos que rodean al Cronista, por cuanto es una persona natural – como suele ser la tradición municipal – que percibe una remuneración y debe cumplir una serie de requisitos mínimos más allá de los genéricos para cualquier cargo público.

Dedico estas líneas a quienes calladamente y día tras día escriben la historia de cada ciudad,  pueblo o rincón de Venezuela brindándonos la identidad colectiva.

Que este y todos los “Días del Cronista” sean fecha propicia para regocijo de la venezolanidad. 

Se sugiere al lector dar un vistazo a unos artículos de mi autoría denominados “De la Competencia Municipal”, “De la Organización y Gestión Municipal”, “ Los Consejos Locales de Planificación” o” De los CLPP”, “Los Consejos Comunales según su ley orgánica de año 2009”,“Municipio y Educación”, “Bienes Municipales”,  entre otros, que aparecen publicados en www.eduardolarasalazar.blogspot.com y en www.tecnoiuris.com  (Pódium Jurídico Derecho Municipal)

En otra oportunidad se tocarán otros aspectos relacionados con el tema.                                              

edularalaw@gmail.com

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