Dr Carlos Fuentes
El Pacto Incumplido
Todo comenzó en una reunión de amigos. Aquella noche, Alejandro fue presentado a Roberto por un conocido en común. La conversación transcurrió entre anécdotas y proyectos hasta que surgió una idea que parecía beneficiosa para ambos: Roberto, propietario de un edificio en construcción, necesitaba a alguien que levantara varios locales comerciales en la planta baja del inmueble, mientras que Alejandro, maestro constructor con años de experiencia, buscaba una oportunidad para desarrollar una obra de mayor envergadura.
La confianza nació con rapidez. Sin contratos, sin testigos y sin documentos de por medio, ambos sellaron un acuerdo de palabra. Alejandro se comprometió a ejecutar la construcción de los locales comerciales, y Roberto aceptó el proyecto sin fijar un plazo para su culminación ni dejar por escrito las condiciones económicas, la forma de pago o las responsabilidades de cada uno.
Como Alejandro residía en otra ciudad, Roberto le ofreció una vivienda de su propiedad en calidad de arrendamiento para que se mudara con su esposa e hija y pudiera permanecer cerca de la obra mientras duraran los trabajos. Convencido de que el entendimiento entre ambos bastaba para garantizar el éxito del proyecto, Alejandro trasladó sus herramientas, contrató obreros con recursos propios y comenzó las labores preliminares, invirtiendo buena parte de los ahorros que había reunido durante años de trabajo.
Sin embargo, con el paso de los meses la obra avanzó mucho menos de lo esperado. Las dificultades económicas, la falta de definiciones técnicas y la ausencia de un cronograma comenzaron a generar desacuerdos. Entonces, Roberto empezó a exigir condiciones que nunca habían sido discutidas al inicio de la relación: modificaciones en el diseño, cambios en los materiales, nuevas obligaciones para el constructor y distintas formas de compensación. Alejandro rechazó esas exigencias, insistiendo en que no formaban parte del acuerdo original.
La relación se deterioró rápidamente. Las conversaciones amistosas dieron paso a constantes discusiones y la confianza desapareció por completo. Finalmente, Roberto decidió poner fin al arrendamiento y exigió a Alejandro la desocupación inmediata de la vivienda que ocupaba junto a su núcleo familiar, sosteniendo que ya no existía motivo alguno para que permaneciera en ella.
Sintiéndose traicionado y convencido de que el propietario incumplía el pacto celebrado, Alejandro acudió a los tribunales e interpuso una demanda por cumplimiento de contrato verbal de obra. En su escrito afirmó que el inmueble donde había residido le había sido entregado como parte de la contraprestación convenida por la construcción y solicitó que se ordenara el cumplimiento de lo acordado.
Durante el proceso judicial ambas partes ejercieron plenamente su derecho a la defensa. Presentaron sus alegatos, promovieron pruebas y procuraron demostrar la veracidad de sus afirmaciones. No obstante, al momento de valorar el material probatorio, el tribunal concluyó que no existían elementos suficientes para acreditar la celebración del contrato verbal en los términos expuestos por el demandante. Tampoco quedó demostrado que la vivienda entregada en arrendamiento hubiera constituido una forma de pago de la obra o parte de la contraprestación pactada entre las partes.
En consecuencia, el juez declaró improcedente la demanda. Alejandro apeló la decisión con la esperanza de revertir el resultado, pero el tribunal de segunda instancia confirmó íntegramente la sentencia. Persistiendo en su convicción, interpuso el recurso extraordinario correspondiente ante la Sala de Casación Civil de la Corte Suprema de Justicia. Tras examinar el expediente y en su intento por desentrañar la verdadera intención de las partes enfrentadas, el máximo tribunal concluyó que los jueces de instancia habían valorado correctamente las pruebas y que no existía fundamento para modificar lo decidido, por lo que ratificó definitivamente la improcedencia de la pretensión.
La sentencia puso fin al litigio, pero no al desgaste tanto emocional como económico que había padecido Alejandro desde el inicio del conflicto. Había invertido sus propios recursos para iniciar la construcción, contratado y pagado obreros, consumido los ahorros de toda una vida y, al final, no obtuvo el reconocimiento judicial que esperaba haciendo nugatorio el pacto verbal alguna vez celebrado. La derrota, agravada por la culminación de un proyecto familiar prometedor, lo sumió en una profunda depresión de la que tardó mucho tiempo en recuperarse,
Con el paso de los años comprendió que el mayor error no había sido confiar en una persona, sino haber contado únicamente con la palabra cuando el negocio exigía certeza jurídica. Entendió que un contrato escrito no es una manifestación de desconfianza, sino un instrumento que protege a ambas partes, fija con claridad sus derechos y obligaciones, evita interpretaciones contradictorias y facilita la demostración de los hechos cuando surge un conflicto.
(El anterior relato se basa en un caso resuelto por la Sala de Casación Civil del Tribunal Supremo de Justicia y en elementos de ficción incorporados al mismo, por lo que su contenido no refleja fielmente el conflicto dilucidado por el máximo Juzgado)
(historico.tsj.gob.ve/decisiones/scc/junio/356839-000415-18626-2026-26-234.html)