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Abogados Latinoamérica, Noticias legales Editado por Raymond Orta Martinez

Las mancomunidades municipales II // Abogado Eduardo Lara Salazar

junio 26, 2011

En tal sentido, indica que debe constar en los estatutos:
•    Nombre, objeto y domicilio de la mancomunidad y los municipios que la constituirán.
•    Fines y objetivos para los cuales se crea.
•    Tiempo de su vigencia.
•    Aportes a los cuales se obligan las entidades que la constituyen.
•    Composición del organismo directivo de la mancomunidad, forma de su designación, facultades y responsabilidades.
•    Procedimiento para la reforma o disolución de la mancomunidad y la manera de resolver las divergencias que pudieren surgir en relación con su gestión, sus bienes, ingresos u obligaciones.
•    Disolución de la mancomunidad antes de la expiración del tiempo de su vigencia o la denuncia del acuerdo mancomunitario por alguna de las entidades que lo conforman, deberá llenar las mismas exigencias establecidas para su creación (acuerdo) de la mancomunidad y solo tendrán efecto una vez transcurrido un año de la correspondiente manifestación de voluntad.
•    Definición de las funciones de control externo y de los dispositivos orgánicos para hacerla efectiva.
•    Mecanismos de participación de la ciudadanía, con mención de la rendición de cuentas a la población de los municipios mancomunados.
•    Mecanismos que garanticen el cumplimiento de los aportes a los cuales se obligan las entidades que la constituyen, incluida la posibilidad de autorizar derivaciones de transferencias nacionales o estadales, en caso de incumplimiento.

Se sugiere al lector dar un vistazo a unos artículos de mi autoría denominados “De la Competencia Municipal”, “De la Organización y Gestión Municipal”, “ Los Consejos Locales de Planificación en su ley del año 2010” o” De los CLPP”, “Los Consejos Comunales según su ley orgánica de año 2009”, “Medios de Gestión Municipal”, “La Contraloría Social”, ”Municipio y Planificación”, “Municipio y Servicios Públicos”, “Municipio y Presupuesto”, “De la Hacienda Municipal”, “Los Bienes Municipales”, “La Parroquia en la LOPPM del año 2010”, “De los Medios de Participación”, “Las Empresas Municipales”, entre otros, que aparecen publicados en www.eduardolarasalazar.blogspot.com y en www.tecnoiuris.com  (Pódium Jurídico Derecho Municipal)

En otra oportunidad se tocarán otros aspectos relacionados con el tema.                                  

edularalaw @ gmail.com

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