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Abogados Latinoamérica, Noticias legales Editado por Raymond Orta Martinez

Sentencias de la Sala de Casacion Penal Abril 2026 por Zdenko Seligo

mayo 24, 2026
Zdenko Seligo Penalista

Zdenko Seligo
Abogado

SCP DEL TSJ, Viernes, 24 de Abril de 2026
Sentencia 322 (Motivación): En delitos sexuales, la motivación exige exteriorizar el proceso intelectual de valoración probatoria, justificando por qué se otorga credibilidad y cómo se integró el acervo para descartar razonablemente la duda sobre el hecho punible.
Sentencia 302 (Doble Instancia): La doble instancia permite acudir ante autoridad superior para revisar la actuación judicial. Es un derecho constitucional del condenado para impugnar fallos mediante recursos sencillos, resguardando las reglas fundamentales del debido proceso.
Sentencia 299 (Dosimetría): En homicidio culposo, el juez gradúa la pena según el grado de culpa e imprudencia. Aunque parte del término medio (Art. 37 CP), puede subir o bajar la sanción motivando la magnitud del daño y la culpabilidad demostrada del sujeto en el hecho.
Sentencia 296 (Impugnabilidad): Casación y Amparo son figuras distintas e incompatibles para formularse juntas en un mismo escrito. Su acumulación simultánea se considera inepta, pues ambas instituciones responden a supuestos, naturalezas y procedimientos judiciales diversos.
Sentencia 282 (Función Revisora): La motivación exige que los Tribunales de Alzada realicen razonamientos autónomos. Deben responder punto por punto a las denuncias del apelante, expresando razones jurídicas propias que justifiquen si deciden confirmar, revocar o reformar el fallo.
SCP DEL TSJ, Lunes, 13 de Abril de 2026
Sentencia 233 (Exhaustividad): El silencio jurisdiccional sobre delitos acusados rompe la exhaustividad. El juez debe pronunciarse sobre toda la pretensión fiscal en la audiencia preliminar, evitando omisiones que vician la decisión de nulidad por falta de debida motivación.
Sentencia 229 (Desestimación): La desestimación es facultad exclusiva del Ministerio Público (Art. 283 COPP). El juez no puede decretarla de oficio, pues usurparía funciones fiscales y vulneraría gravemente el principio de separación de funciones y el de seguridad jurídica.

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